:: Hacienda Pública :: DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA MUNICIPAL Este Departamento está a cargo de un Contador con matrícula profesional perteneciente a la planta permanente del Municipio y sujeto al régimen laboral establecido para los trabajadores de la Comuna, quien depende directamente del Secretario de Gobierno y Hacienda. Funciones: * Las establecidas legalmente en el régimen de las Municipalidades de Entre Ríos Ley N 3001. * Asesorar al Departamento Ejecutivo en asuntos relativos a la Contabilidad, Presupuesto de erogaciones y su ejecución, cálculo de recursos provenientes de jurisdicción extraña al Municipio, procedimientos de suministro y contrataciones por cuenta del Estado Municipal. * Proyectar y proponer nuevos sistemas contables y/o nuevas tecnologías presupuestarias o proponer el perfeccionamiento de los actuales para avanzar en términos de eficacia, eficiencia, efectividad y transparencia. Fiscalizar la contabilidad y proponer modificaciones administrativas y contables que estime corresponder. * Dirigir la confección del proyecto de presupuesto observando los lineamientos y pautas impartidos por la Secretaría de Hacienda. * Tomar intervención de competencia en los procedimientos vinculados a operaciones con impacto en la situación patrimonial, económica y financiera del Municipio. * Dirigir la apertura y cierre del ejercicio económico y financiero. * Asignar y distribuir tareas entre las secciones de su dependencia y demás aspectos inherentes a la jefatura de Departamento. * Autorizar las órdenes de pago de las liquidaciones practicadas que deberán suscribir el Secretario a cargo de la Hacienda Municipal y el Tesorero. * Supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias materiales y formales a cargo del Municipio. * Deberá proveer la confección de los estados financieros y presupuestarios que correspondan al día inmediato anterior en que se produzca el traspaso de gestión de gobierno comunal. * Proponer, por no disponer en la actualidad, la confección de un inventario de bienes inmuebles articulando el accionar a dicho fin con las distintas dependencias involucradas del Municipio. Sección Contable, Presupuestaria y Patrimonial Funciones: * Registrar sistemáticamente y en tiempo real todas las operaciones financieras y patrimoniales, llevando la contabilidad de fondos y valores, presupuestaria, patrimonial y de responsables, de manera tal que la misma brinde información pertinente, veraz y oportuna, contribuyendo con el proceso de toma de decisiones y responda a los requisitos de legalidad. * Preparar los informes periódicos atendiendo requerimientos de legalidad y transparencia. * Confeccionar el anteproyecto de la cuenta general del ejercicio. * Verificar que los seguros contratados respecto de bienes del patrimonio municipal se encuentren vigentes, proveyendo su propuesta de renovación. * Preparar las rendiciones de cuenta atendiendo los requerimiento de legalidad y control. * Preparar y colectar la información requerida por la Contaduría y la Secretaría de Hacienda para la confección del proyecto anual de presupuesto; ejecutar las proyecciones, simulaciones y estimaciones que aquellos organismos le encarguen con dicha finalidad. * Preparar el libramiento de las ordenes de pago atendiendo la política establecida en la materia y los requerimientos de la legislación tributaria y su reglamentación, liquidando retenciones y/o proporcionando la información correspondiente. * Por instrucción del Contador realizar arqueos de caja en la Tesorería, conciliar los saldos bancarios, y comunicar al responsable de la dependencia cualquier irregularidad detectada. * Preparar la liquidación de tributos que alcancen a la Municipalidad. Sección de Liquidación de Haberes Funciones: * Liquidación de remuneraciones al personal, practicando las retenciones y descuentos y cuantificando las contribuciones y aportes patronales. * Liquidación de remuneraciones a las Autoridades Superiores. * Administración y liquidación de seguros. * Confección e intervención de certificados de reconocimiento de servicios y haberes, los que serán aprobados por Autoridad Superior. * Confección de informes y reportes que le sean requeridos por usuarios internos y externos en atención a las funciones que mediante esta normativa le son encomendadas. * Registración en el libro único de sueldos y jornales de la Municipalidad. * Registro por cuenta única de la percepción de haberes, asignaciones no remunerativas y dietas. * Archivo por agente de toda la documentación de respaldo de las liquidaciones. * Practicar los cálculos y simulaciones de liquidación que le sean indicadas por el Contador y/o Secretario de Hacienda. Sección Auditoria * Diseñar y proponer el plan anual de auditoría, el que será aprobado por el Contador Municipal y el Secretario de Hacienda. * Organizar y ejecutar acciones de auditoría y supervisión sobre el cumplimiento de la normativa vigente, objetivos y metas establecidos y cumplimiento de planes de trabajo, procedimientos e instrucciones. * Recomendar métodos y técnicas administrativas y de gestión para ser implementadas con el objeto de corregir los desvíos. * La Contaduría podrá requerir la asistencia para la evaluación de procedimientos, determinaciones, normativa aplicada, existencias , entre otras, a los efectos de extender y profundizar sus facultades de control. * Elaborar informes formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes * A los efectos indicados la Contaduría Municipal requerirá a la Secretaría de Gobierno y Hacienda la afectación de personal municipal o la contratación de personal externo a la administración municipal con la debida capacitación para el desarrollo de la tarea interesada. Requisitos para ocupar la jefatura de Sección Auditoría : Título de Contador Público Nacional y/o estudiante avanzado en la carrera con la materia de auditoría aprobada. |